Dirección del despacho

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Funciones de la Dirección del Despacho

 

1. Asistir al Ministro en sus relaciones con los demás órganos del Poder Público, las dependencias del Ministerio y particulares.

 

2. Preparar la agenda que el Ministro debe llevar a cuenta al Presidente de la República y al Consejo de Ministros.

 

3. Preparar, en concordancia con los Viceministros, los asuntos que deben ser considerados en las Comisiones Presidenciales o Interministeriales, en las cuales el Ministro forme parte.

 

4. Asistir al Ministro en actos públicos y privados, convenciones, seminarios, congresos y demás eventos de la misma naturaleza, nacionales e internacionales.

 

5. Mantener informado al Ministro de los planes, programas y proyectos del Ministerio.

 

6. Presentar al Ministro el Informe Político Nacional.

 

7. Ejercer, por delegación, la coordinación de las Direcciones Generales que le asigne el Ministro.

 

8. Preparar las reuniones del Ministro con los Viceministros y Directores Generales.

 

9. Dirigir, coordinar y supervisar los servicios secretariales, para dar respuesta inmediata a las comunicaciones recibidas en el Despacho del Ministro.

 

10. Vigilar el cumplimiento del trabajo de las Comisiones Internas e Interministeriales, en las cuales participen representantes del Despacho.

 

11. Mantener informados a los Viceministros y a las Direcciones Generales adscritas al Despacho del Ministro, acerca de las Resoluciones y Puntos de Cuenta de carácter general y particular, presentados a consideración del titular del Despacho.

 

12. Preparar, conjuntamente con los Viceministros y los titulares de las Direcciones Generales adscritas al Despacho, la Memoria y Cuenta y las cuentas del Ministro para el ciudadano Presidente de la República y para el Consejo de Ministros, e informar a los respectivos Vice Ministros y Directores Generales sobre el resultado de las mismas.

 

13. Recibir y tramitar toda la correspondencia enviada al Despacho, según las instrucciones impartidas por el Ministro.

 

14. Redactar la correspondencia del Ministro y preparar la agenda de los asuntos que éste deba conocer.

 

15. Las demás funciones encomendadas por el Ministro y las que le señalen las Leyes, Reglamentos, Resoluciones, y otros actos normativos.